DISPOSITIVA:
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Decretar de manera INMEDIATA la libertad bajo medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad de detención domiciliaria en el propio domicilio al imputado: EDUARDO JOSE PEROZO ORTIZ, titular de la cédula de identidad nro. 19.706.939.-
SEGUNDO: Dicha medida la deberá cumplir en la siguiente dirección: Agua Viva, El Roble II, calle El Pedregal, casa de color azul con puerta blanca, Parroquia Agua Viva, Municipio Palavecino, Estado Lara.-
TERCERO: Se ordena la vigilancia del cumplimiento de la medida cautelar impuesta a la Comisaría Policial de Agua Viva de la Fuerza Armada Policial del Estado Lara, quien deberá informar de ma.....