PRIMERO: Se homologa el convenimiento realizado en fecha 06-10-2009, entre los ciudadanos: YOLEIDA DEL CARMEN RONDON GODOY y LISANDRO MANUEL FLORES CEGARRA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.320.236 Y 11.318.696, donde el padre convino en aportar la suma de SEISCIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.F. 600,oo) mensuales, los cuales pagara en forma quincenal, los mismos serán depositados en una cuenta de ahorros aperturada para tal fin a nombre de los niños y de su progenitora ciudadana: YOLEIDA DEL CARMEN RONDON GODOY, a partir del 15-10-2009, asimismo, les suministrara la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES CONCERO CENTIMOS (Bs.F. 600,oo) por concepto de Bono Vacacional, adicionales al monto mensual, asimismo, en el mes de Diciembre la cantidad de MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS(Bs.F 1800,00), adicionales al monto mensual, en cuanto a los gastos de medicinas pagos de consultas médicas, útiles y uniformes escolares, actos de grado entre otros serán cubiertos de.....