DECISION
En virtud de las anteriores consideraciones, este JUZGADO DEL MUNICIPIO JIMENEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en el artículo 520 de la Ley Orgánica de Protección al Niño y al Adolescente DECLARA: CON LUGAR la Solicitud de Pensión Alimentaria intentada por la PARTE SOLICITANTE: CLAIRET JOSEFINA ALVARADO ARANGUREN, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.580.333, domiciliada en la Calle 11 entre 12 y 13, al lado de la Farmacia Altagracia, Quibor, Municipio Jiménez, Estado Lara. En contra del Ciudadano: JOSE MIGUEL MARTÍNEZ TORREALBA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.456.882, domiciliado en Quibor, Municipio Jiménez, Estado Lara. En beneficio del Niño JOSE MIGUEL MARTÍNEZ ALVARADO, de seis (06) años de edad.
En consecuencia este Tribunal ORDENA:
PRIMERO: Se fija como P.....