Por las razones antes expresadas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. CON LUGAR la demanda por DESALOJO intentada por la ciudadana MIRNA LUCIA PEROZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.383.426, asistida debidamente por el abogado EDUARDO ANTONIO ORTIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 104.250 contra JOSÉ DESIDERIO TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.242.971.
2. SE ORDENA al demandado la entrega libre de personas y bienes, solvente con los servicios de condominio, electricidad, aseo y agua del inmueble ubicado en el barrio Santa Isabel, carrera 1 entre calles 7 y 8 distinguido con el N° 6ª-22, de la ciudad de Barquisimeto Estado Lara.
3. SE ORDENA al demandado el pago por daños y perjuicios de las mensualidades vencidas desde febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio, que asciende a la cantidad de UN M.....