DISPOSITIVA
Por las razones expuestas y artículos citados, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Se homologa el convenimiento realizado en fecha 03-12-2007, entre los ciudadanos: ERIKA ESPERANZA MÉNDEZ PINEDA y YOSNAUDY VIRLA CHOURIO, ya identificados, ante la la Defensoria de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, en donde el padre, aportará la suma de trescientos bolívares fuertes (BsF.300,00) mensuales, en el mes de diciembre por aguinaldos cubrirá gastos de vestuario, calzado, juguetes, etc... el progenitor podrá solicitar a la progenitora exhiba facturas; los pagos se realizaran a través de una cuenta bancaria que aperturará la progenitora..-
SEGUNDO: Se establece a favor del padre un amplio régimen de visitas con sus hijos, se alternaran en é.....