este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, tomando en cuenta el Interés superior del Niño y del Adolescente, establecido en el articulo 8 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el Artículos 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, y en consecuencia ordena se tenga como Sentencia Firme, se ordena anexar copia certificada del Convenimiento y de la presente Homologación. Cúmplase.
LA JUEZA
DRA. YUNIA ROSA GOMEZ DUARTE
LA SECRETARIA
DRA. MARILUZ CASTEJON P.
Seguidamente se cumplió lo ordenado en autos. Conste
LA SECRETARIA
DRA. MARILUZ CASTEJON P.