Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control Nº 3, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Ordena la Aprehensión de los investigados IBRAHIN ANTONIO VARGAS COLMENAREZ, titular de la Cédula de Identidad N° 15.768.956 y EDICSON ANTONIO RODRIGUEZ PEROZO, titular de la Cédula de Identidad N° 15.444.314, conforme lo señalado en el artículo 250 en su Último Aparte, debiéndose Ubicar a los mismos por funcionarios adscritos a la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP-LARA), Aprehenderlos y ser conducidos de manera inmediata al Tribunal con el objeto de la realización previa del acto de Imputación Formal.
Ofíciese al Director de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP-LARA); Notifíquese al Representante del Ministerio Público Remitiéndole Copia de la Decisión. Regístrese, Publíquese.
EL JUEZ DE CONTROL .....