Por las razones expuestas, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 9, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de acuerdo a las previsiones legales contenidas en el Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, ordena LA APREHENSION A NIVEL NACIONAL del ciudadano JESUS RAMON JIMENEZ ALBUJAS, CÉDULA DE IDENTIDAD Nº, venezolano, de 43 años de edad, nacido el 17-05-1969, residenciado en el caserío palo verde, Av. La Redoma frente a la plaza de los Palos verde, Sanare, estado Lara, por la presunta comisión del delito de LESIONES GRAVES, tipificado en el Artículo 415 del Código penal vigente para el momento de los hechos.
Una vez lograda su captura deberá ser puesto a la orden de este Tribunal a los fines de proceder conforme a las previsiones del Artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal. A tales efectos se ordena oficiar a los cuerpos de seguridad del estado......