Dispositiva.
Este Tribunal considera que se han cumplido todos los requisitos legales para la declaratoria con lugar de la solicitud, consideraciones por las cuales y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 78 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, 08 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Protección, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara como único y universal heredero de la ciudadana: XIOMARA DEL CARMEN MENDEZ OROZCO, quien era: Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.349.765, como consta en el acta de defunción, signada bajo el Nº 02, expedida por el Registro Civil del Municipio Rafael Rangel del Estado Trujillo, a su hijo: (Se omite el nombre según lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y d.....