Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la acción intentada por el Ciudadano JUAN BAUTISTA TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 2.915.303, representado por la profesional del derecho VANESSA CAROLINA OSORIO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 226.670, con domicilio procesal en la ciudad de Barquisimeto estado Lara, en contra de la Sociedad mercantil SMAC SURE EVENTS C.A y solidariamente el ciudadano JULIO SEGOVIA y ordena a pagar a la parte demandante la cantidad de TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMOS, (Bs. 398.221,57).
Asimismo, siendo que de conformidad con lo establecido en el Constitución de la Rep.....