Tomando en consideración todo lo expuesto precedentemente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Con lugar la demanda de Divorcio incoada por la ciudadana Flor De Las Mercedes Montero, ya identificada, en contra del ciudadano Gregorio De La Cruz Gómez Camacaro, ya identificado, en consecuencia se disuelve el vínculo conyugal contraído en fecha diecinueve (19) de diciembre de 1984 ante la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Torres del Estado Lara, en ese entonces, actualmente Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Torres del Estado Lara, cuya acta de matrimonio está asentada en el libro de Registro Civil de Matrimonio bajo el Nº 162 .