DISPOSITIVA
Por las consideraciones de hecho y derecho antes expuestas y con base a las normas precitadas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se homologa el convenimiento realizado en fecha 02-10-2005, entre los ciudadanos: ANA GISELA GONZALEZ ANDARA Y YENSI JOSE AVILA CABRERA, ya identificados, donde el padre convino en aportarle la suma de Doscientos mil (200.000,oo)
bolívares mensuales, por concepto de obligación alimentaría, los cuales serán depositados en una cuenta que se aperturará, los gastos de medicina, vestido, calzado, uniformes escolares, recreación serán equilibrados entre ambos padres, condiciones esta aceptadas por la madre ciudadana: ANA GISELA GONZALEZ.
SEGUNDO: En cuanto al régimen de visitas se previó entre ambos padres, pudiendo conllevar pernota; así mismo el pa.....