DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Sexto de Control ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: Y EN CONSECUENCIA SE ACUERDA ORDENAR EL AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO AL ACUSADO SERGIO ANTONIO HERNANDEZ MARQUEZ por la presunta comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, al actuar con alevosía y por motivos fútiles, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1º del Código Penal.
SEGUNDO se acuerda la división de la continencia de la causa y se acuerda la apertura del respectivo cuaderno separado, con relacion a los ciudadanos ciudadanos TEOFILO ANTONIO HERNÀNDEZ MANZANO titular de la cédula de identidad Nº V-9.840.554, ALEXANDER ANTONIO HERNANDEZ SANGRONIS titular de la cédula de identidad Nº V-18.136.524, SILVA JOSÈ MARTINEZ BRAVO titular de la cédula de identidad Nº V-13.703.612 . Se insta a la secretaria Administrativa a los.....