DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones ya expuestas este Tribunal de Ejecución ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: EJECUTESE al respectivo FALLO DE EJECUCION e impone en este acto la medida sancionatoria de las sanción de:, LIBERTAD ASISTIDA y SERVICIOS COMUNITARIOS previstas en el articulo 620 literal "d" y "c", consistentes de LIBERTAD ASISTIDA contenida en el articulo 626 de la LOPNNA, por el lapso de dos (02) y de SERVICIOS EN LA COMUNIDAD, prevista en el artículo 625 de la LOPNNA c.) Se impone por un lapso de seis (6) meses la sanción. Al Adolescente RESERVADO, titular de la cédula de identidad Nº V- RESERVADO, fecha de Nacimiento: RESERVADO, Edad: RESERVADO .DEL CÓMPUTO DEFINITIVO es el siguiente se contara a partir del día que se presente y formalice sus obligaciones por el lapso de años (2) Año de libertad Asistida y de Servicios a la Comunidad por el lapso de seis (06) meses y todas de cumpli.....