PRIMERO: La culpabilidad del ciudadano MANUEL ALEJANDRO CARRASCO CAMACARO, titular de la Cedula de Identidad N° V- (...), por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA AGRAVADA y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los artículos 39, 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Rossana Indave Nieves, titular de la cedula de identidad N° (...) (quien se encuentra presente en la sala).
SEGUNDO: de conformidad con lo establecido en la ley respecto a la imposición de penas, las cuales consagran para de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA AGRAVADA y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los artículos 39, 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, una pena de SEIS A DIECIOCHO MESES DE PRISION, SEIS A DIECIOCHO MESES DE PRISION, DOS A CUATRO AÑOS Y SEIS A DIECIOCHO MESES DE PRISION RESPECTIVAMENTE; conforme al artículo 37 y 88 del .....