Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR las indemnizaciones por concepto de accidente de trabajo interpuesto por el ciudadano ALEXANDER MANZANO contra la sociedad mercantil CROMADO DURO, C.A. con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho que han quedado expresados en la parte motiva que se dan aquí por reproducidos. Así se decide.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas a conforme a lo dispuesto en el Artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo