En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 de conformidad con la sentencia 1070/2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, intentado por la ciudadana YELITZA LUCIA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la C.I N° 7.441.869, contra el ciudadano JOSE LUIS PEREZ QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la C.I N° 7.409.140.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, celebrado en fecha diez (10) de abril de 2013, por ante el Registro Civil de la Parroquia Acarigua, Municipio Páez, estado Lara, según consta en acta N° 158, de los libros de matrimonios del año 2013.-
TERCERO: Líbrense sendos oficios.....