Este Tribunal, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación, y DECLARA a los ciudadanos: ERNESTINA GORRIN CARRERO, DAYANA CAROLINA GORRIN CARRERO, DANIELA GORRIN CARRERO, RICARDO GORRIN CARRERO, MARIA DE LAS NIEVES DORIS GORRIN CARRERO y DORA MARLENY CARRERO ya antes identificados, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del eferido causante.
Publíquese y Regístrese. Incluso en la página web del Tribunal Supremo De Justicia (T.S.J).
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a los doce (12) días del mes de febrero del año dos mil veinticinco (2025). Años 214° de Independencia y 165° de la Fede.....