Este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana ILUMINADA DE LA CHIQUINQUIRA JIMENEZ PARRA, contra la sentencia dictada en fecha 18 de enero de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En consecuencia, REVOCA el fallo recurrido y; Segundo: Se declara CON LUGAR la demanda de Privación de Patria Potestad, con fundamento en la causal establecida en el artículo 352 literal "C" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en contra de la ciudadana NORMA PASTORA PADILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 10.775.002, .....