DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara , Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara.
PRIMERO: Se REVISA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACION DE LIBERTAD de conformidad al articulo 256.3 del CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL, esto es PRESENTACION PERIODICA CADA 30 DIAS, dictada en fecha 06 de abril de 2011 al ciudadano JESUS JAVIEL TUA, cedulado 15.847.498, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA, previsto y sancionado en los articulos 42 de LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, dictada en fecha 06 de abril de 2011 por el Juzgado Décimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora.
SEGUNDO: Por las razonamientos previos, se declara la MODIFICACION de MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACION DE LIB.....