La INADMISIBILIDAD de la presente demanda, interpuesta por los ciudadanos INDIRA YOSNAY ANZOLA PULIDO y ELIAS GUILLERMO SÁNCHEZ venezolanos, mayores de edad, Cédulas de Identidad Nros: 12.535.377 y 16.737.176, respectivamente, a través de su Apoderado Judicial PAOLO GALLO Abogado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 84.427, en contra de INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES. INASS- LARA a través de su Apoderado Judicial PAOLO GALLO Abogado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 84.427, en contra de INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES. INASS- LARA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.