DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por la Defensa Publica Penal N° 13 del Sistema Penal Ordinario del Estado Lara, Abg. Yessenia Herrera, actuando en tal carácter de los ciudadanos JESUS NALBERTO MEDOA FLORES, titular de la cedula de identidad N° 17.266.463, OSMANYELY ROXANA VERA TERAN, Titular de la cedula de Identidad N° 21.127.994, OSMAN DAVID VERA TERA, Titular de la cedula de Identidad N° 22.191.190 y JESUS MANUEL HERNANDEZ EREU, Titular de la cédula de Identidad N°20.485.657, en contra la decisión dictada en fecha 21 de Enero de 2015, y fundamentada en fecha 22 de Enero de 2015, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 01 de este Circuito Judicial Penal, media.....