DISPOSITIVA
Por las consideraciones de hecho y derecho antes expuestos y con base a las normas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se homologa el Convenimiento de fecha 18-10-05, realizado por los ciudadanos: EDGAR BENITO ROSAS MATHEUS Y YULIBETH DEL VALLE RAMÍREZ PAREDES y se fija en la suma de sesenta mil (Bs. 60.000.oo) bolívares mensuales, que serán entregados en efectivo a la madre del niño contra recibos, ciudadana: YULIBETH DEL VALLE RAMÍREZ PAREDES, distribuidos en la cantidad de Treinta Mil Bolívares (Bs. 30.000,00) los días 02 y 17 d cada mes, también se comprometió en cubrir los gatos de medicinas, vestuario y demás gastos eventuales que se le puedan presentar a su hijo, condiciones estas aceptadas por la madre.-
SEGUNDO: A dicha conciliación se le atribuye el carácter de .....