Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. SIN LUGAR la cuestión previa opuesta por CARLOS STRACQUADAINI PAPPALARDO, mayor de edad, de este domicilio, identificado con la Cédula de Identidad Nº- 7.160.196, con fundamento en el ordinal 2° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.
2. SE CONDENA EN COSTAS al oponente de la cuestión previa, con respecto a la incidencia, por haber resultado totalmente vencido.
3. PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por motivo de RESOLUCIÓN DE CONTRATO INQUILINARIO POR FALTA DE PAGO, intentada por AMER IZAT SAKHER, KHALED IBRAHIM EL HAGE HADAYA e IBRAHIM MOHAMED EL HAGE HAGE, venezolanos los dos primeros colombiano el último, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 26.358.491, 13.975.783 y 82.361.087, contra: CARLOS STRACQUADAINI PAPPALARDO, mayor de edad, de este domicilio, identificado con la Cédula de Identidad Nº- 7.160.196.
4. SE DEC.....