DECISIÓN
Por los argumentos y fundamento legales, jurisprudenciales antes expuestos, éste JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por motivo de Desafecto fundamentado en las en las sentencias 1070 de fecha 9 de Diciembre del año 2.016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, expediente N° 16-916.
SEGUNDO: Se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos CIRIA DE LA CHIQUINQUIRA CARRASCO DE PALACIO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-7.424.163, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio JUAN BAUTISTA OLLARVES, inscrito en el IPSA bajo el N° 199.722 e ISRAEL ALEXANDER CAMPOS RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la .....