CONDENA a Dos (2) años de prisión por la comisión del delito de Detentación de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal al ciudadano: Héctor Julio Chirinos Castillo, plenamente identificado en autos. La dispositiva de la presente sentencia se pronunció y leyó en audiencia oral celebrada en 21 de Septiembre del 2005, de conformidad con el 365 del Código Orgánico Procesal Penal.