Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Ejecución No. 1, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena al Penado JACKSON ROBERTH DELGADO, titular de la cédula de Identidad Nº 18.059.963. Notifíquese a la Fiscal Décimo Tercera del Ministerio Público del Estado Lara, a la Defensa y al Penado. Se ordena el archivo judicial de las actuaciones. Cúmplase.-