D I S P O S I T I V O
El Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho DECIDE:
PRIMERO: Sin lugar las pretensiones de la parte demandante, porque se calificó al despido como justificado, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 102, literal i, de la Ley Orgánica del Trabajo.
SEGUNDA: No hay condenatoria en costas porque la trabajadora alegó ingresos inferiores a tres salarios mínimos.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dictada en Barquisimeto, el 12 de noviembre de 2008, años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
Abogado José Manuel Arráiz Cabrices
Juez
Abg. Eliana Costero Encinoza
Secretaria
En esta misma fecha se publicó la presente decisión, siendo las 03:10p.m.
Secretaria
JMAC/MIRA