Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, autoriza suficientemente a la ciudadana Magalys del Carmen Pineda de Suárez, ya identificada, para gestionar ante las Fuerzas Armadas Policiales, la cuota parte de los beneficios que pudieren corresponderle a la adolescente (Identidad omitida en concordancia con el Art. 65 de la LOPNNA), en su condición de únicos y universales herederos.