Así las cosas, de los documentos anexos a la solicitud y las declaraciones de los testigos, ya identificados, quienes dieron fe y fueron contestes en conocer al solicitante y los hechos narrados en la solicitud, en consecuencia este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor de la ciudadana ELVIA ROSA PERAZA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N°: V-2.034.436, de las bienhechurías construidas a expensas propias y trabajo personal ocupada de manera quieta, pacífica y notoria, sobre un lote de terreno POSESIÓN NUESTRA SEÑORA DE ALTAGRACIA, ubicado en el callejón S/N que da a la Avenida 23 calle 9-C y 10 Sector Primero de Mayo, Parroquia Juan Bautista Rodríguez, Municipio Jiménez del estado Lara Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada. Cúmplase.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado del Tribunal Segundo de Municipio Ordina.....