En fuerza de lo antes expuesto, este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN en los términos expuestos en el escrito presentado por parte intimada ante la secretaria de este despacho en fecha diez (10) de febrero del 2023, en la presente Demanda de Desalojo de (Local Comercial), interpuesto por el abogado ADOLFO ANTONIO PACHECO RODRIGUEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 222.955, apoderado judicial de la Firma Mercantil RINVERT C.A, con RIF bajo el N° J-085014667, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Lara, el día 28 de abril de 1978 bajo el N° 4, Tomo 3-C, representada por su Director Principal la ciudadana OSIRIS TERESA TURSI DE MOGOLLON, venezolana, mayor de edad, titular de la C.I N° 4.384.649, contra la Firma Mercantil JC DESINGNS C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero del estado Lara en fecha 06 de marzo de 1998, bajo el N° 68, tomo 9-A.....