Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:PRIMERO: Parcialmente con lugar la demanda y se ordena a la demandada a pagar los conceptos y cantidades que se indicaron en la parte motiva que se dan aquí por reproducidos, debiendo deducir lo que consta en autos que pagó la demandada, más lo que resulte de la experticia complementaria que se ordenó practicar.SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por el vencimiento recíproco.