Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Sin lugar la pretensión de nulidad contra la Providencia administrativa Nº PA-CRS-LTY-015-2015, dictada en fecha 18 de noviembre del 2015 por la Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores (GERESAT) Lara, Trujillo y Yaracuy del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), en el procedimiento sancionatorio signado con la nomenclatura US-LTY/006-2012.
SEGUNDO: Se condena en costas a la demandante por resultar totalmente perdidosa.
TERCERO: Se ordena notificar de la presente decisión al Procuraduría General de la República en esta Ciudad y a la demandada en razón de las prerrogativas procesales.
Publíquese, regístrese y déjese copi.....