DISPOSITIVA.
Por todas las razones expuestas, esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Defensor Privado Abg. William José Castro Freitez actuando en su carácter de Defensor Privado del penado José Luis Quintero Falcón, contra la decisión dictada en fecha 23 de Abril de 2013, mediante la cual la Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, le negó al referido penado, el otorgamiento de la Formula Alternativa de Cumplimiento de la Pena, consistente en el Trabajo Fuera del Establecimiento, en la causa que se le sigue por la comisión de los delitos de Homicidio Calificado Cometido por Motivos Fútiles en Complicidad Correspectiva, previsto y sancionado .....