DISPOSITIVA
PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR LA DEMANDA DE INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana CAROL YANETH MATOS, en contra de RAFAEL CLARET ALIZO PULIDO.
SEGUNDO: Se ordena a la ciudadana CAROL YANETH MATOS, a aperturar una cuenta de ahorros para que en lo sucesivo le sea depositado la obligación alimentaria a sus hijos (se omite su nombre por disposición de la lopna), la cual equivale a la cantidad de doscientos mil bolívares mensuales (BS. 200.000,00).-
TERCERO: Se deja establecido que el presente fallo se dictó dentro del lapso legal correspondiente.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala N° 2 del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO a los trece (13) días del mes de junio dos mil siete.-