PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la pretensión de nulidad de la Providencia Administrativa Número 00552, de fecha 17/04/2014, emanada de la Inspectoría del Trabajo sede "Pio Tamayo" del Estado Lara, en la que declaró con lugar la solicitud de autorización de despido, incoada por el MINISTERIO PUBLICO contra la ciudadana IRKIS FIGUEROA TORRES. ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: No se condena en costas, a la parte demandante por aplicación supletoria de lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con lo establecido en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
TERCERO: Notifíquese a la Procuraduría General de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Decreto con rango valor y fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República (Gaceta Oficial, Extraordinario, N° 6.220 del 15 de marzo de 2016). Se advierte a las partes que transcurrido el lapso de ocho (8) días hábiles, .....