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Decisiones del dia 13/08/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-S-2004-970 N° Sentencia : Fecha: 13/08/2009
Procedimiento:
Calificación De Despido
Partes:
DARIELA ROSA GUERE CONTRA AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE Y TRÀNSITO (A.M.T.T)
Resumen:
La Juez Octava de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE: PRIMERO: HOMOLOGAR el CONVENIMIENTO celebrado entre DARIELA ROSA GUERE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 10.770.624 y la demandada AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE Y TRÀNSITO (A.M.T.T), impartiéndole el carácter de cosa juzgada. SEGUNDO: No hay condena en costas por la naturaleza de ésta decisión.
Juez/Ponente:
Alicia Figueroa
Organo:
Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : KP02-L-2009-258 N° Sentencia : Fecha: 13/08/2009
Procedimiento:
Diferencia De Prestaciones Sociales
Partes:
JOSE LUIS ANGULO DAZA CONTRA CONSTRUCCIONES E INVERSIONES LA CEIBA C.A.
Resumen:
Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por autoridad de la Ley y nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara: PRIMERO: CON LUGAR la demandada por cobro de diferencia de prestaciones sociales incoada por el ciudadano JOSE LUIS ANGULO DAZA titular de la cédula de identidad Nº 15.177.346 contra la empresa el CONSTRUCCIONES E INVERSIONES LA CEIBA C.A SEGUNDO: Se condena a la demandada al pago de la cantidad de MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE BOLIVARES FUERTES CON CINCUENTA Y TRE CENTIMOS (Bs.f. 1.817.53), por los siguientes conceptos que se declaran PROCEDENTES, calculados conforme al salario mensual expresado por el actor en su escrito libelar, (Bf. 1.107,00/Bs.36,90 diario y 46,29 integral). Vacaciones Cláusula 42- literal A de la Convención Colectiva de Trabajo de la Industria de la Construcción 2007-2009 55,91 días x Bs.36.90 Bs.2063,00 Días feriados y de desc.....
Juez/Ponente:
Alicia Figueroa
Organo:
Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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