Se da por terminada la presente causa, en virtud de la extinción de la obligación tributaria, conforme a lo previsto en el artículo 39 del Código Orgánico Tributario, en consecuencia, se levanta el Decreto de Medida Ejecutiva de Embargo, efectuado por este Tribunal Superior mediante la sentencia interlocutoria Nº 101/2009, dictada el 8 de julio de 2009.