En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión dictada por el Juzgado SEGUNDO de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta circunscripción judicial, en fecha 12 de mayo de 2.015.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado SEGUNDO de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta circunscripción judicial, en fecha 12 de mayo de 2.015.
TERCERO: Se condena en costas a la accionante recurrente de conformidad con lo establecido en el Artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.