SE DECLARA INADMISIBILIDAD de la demanda por Desalojo de Local Comercial y Pago de los Cánones de arrendamiento Insolutos, interpuesta por el abogado JOSE MANUEL INOJOSA KLEM, hábil, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 117.637, apoderado de la ciudadana DORIS JOSEFINA VILLASMIL SALAZAR en contra de los ciudadanos RAHIZA ELENA BLANCO GIMENEZ y JAIRO ENRIQUE CABRITA PEREZ. en su condición de Presidente y Gerente respectivamente de la Empresa denominada SEJAICA C.A.