DISPOSITIVA
Es por las razones antes expuestas que este Tribunal de Control N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda: PRIMERO: Hacer la entrega del vehículo, PLACAS KAE-60W, MARCA TOYOTA, MODELO LAND CRUISER, AÑO 1975. COLOR VINO TINTO y MULTICOLOR, CLASE RUSTICO, TIPO ESTACA, USO:PARTICULAR, SERIAL CARROCERÍA FJ4537591, SERIAL MOTOR 2F375297, al Ciudadano RAFAEL SIMÓN VARGAS MENDOZA, venezolano, titular de la Cedula de Identidad N° 10.770.597, de este domicilio, de conformidad con lo previsto en el articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, en calidad de DEPOSITO, en consecuencia se obliga el solicitante a presentar el vehículo entregado las veces que sea requerido por este Tribunal, no podrá realizar ninguna transacción comercial con el mismo SEGUNDO: Se acuerda la devolución de los documentos originales consignados por el solicitante, previa c.....