Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 13 de agosto de 2012, por la abogada Anelay Sanchez, apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 25 de julio de 2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. Se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 10 de agosto de 2012, por las apoderadas judiciales de la parte actora. Se declaró INADMISIBLE la demanda por cumplimiento de contrato de arrendamiento e indemnización de daños y perjuicios. Se condenó en costas a la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 274 y 281 del Código de Procedimiento Civil.