en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
-PRIMERO: CON LUGAR la demanda de: DIVORCIO POR DESAFECTO, fundamentada en las causales que determina el Artículo 185 del Código Civil de conformidad con lo establecido en la Sentencia 1070, emanada en fecha: Nueve (09) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), por la Sala de Casación Civil, del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), intentada por la demandante, ciudadana: MARIBEL ADRIANA SUAREZ TORRES, quien es venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 12.248.023, contra el demandado, ciudadano: JOSÉ RAFAEL TORRES, quien es venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 14.372.176, asistida por la Abogada en Ejercicio: Grayslie Carolina Flores Rodríguez, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el N° 242.900.
-SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, celebrado en fecha: Primero (1º).....