En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Violencia Contra la Mujer de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas Nº 02 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, toma DECISIÓN en los siguientes términos: PRIMERO: Se fija fecha para la audiencia de conformidad con el articulo 104 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para el día 20 DE MARZO DEL 2013, A LAS 10:00 A.M.. SEGUNDO: Se acuerda la medida cautelar innominada prevista en el articulo 92 numeral 8 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia; que consiste en presentación periódica ante la taquilla externa cada ocho (08) días. TERCERO: líbrese los oficios a los Organismos de Seguridad a fin de dejar sin efecto la orden de aprehensión en relación a la presente causa. CUARTO:.....