Por las razones antes expuestas, es por lo que, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, realizada por la ciudadana MARIBEL DEL CARMEN GORDILLO de TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.768.923, contra el ciudadano JHONNY ANTONIO TORRES CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.854.011. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron ante el Juzgado de la Parroquia Chiquinquirá, Municipio Torres del Estado Lara, en fecha 08 de Agosto de 1997, acta Nº 05, asentada en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados ante ese Despacho. Ex.....