Así las cosas y tejidos los razonamientos precedentes, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana NELIDA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.771.265, contra AVAN LOGISTIC SERVICES C.A. por lo que se condena a la accionada al pago de los beneficios de la trabajadora en la forma como se explica en las motivaciones del fallo. Así se decide.