REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
EXTENSION EL TOCUYO
203° y 154°
CATORCE (14) DE JUNIO DE DOS MIL TRECE (2013)
SOLICITUD: 13-238-A2.
Por cuanto observa este Tribunal que ha transcurrido íntegramente el lapso fijado para que la parte solicitante consignara por ante este despacho croquis original y constancia de residencia emitida por el consejo comunal correspondiente a la comunidad donde se encuentran enclavadas las bienhechurías descritas en el escrito de la solicitud, de conformidad con lo establecido en el articulo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, es forzoso para este Tribunal declarar en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley. INADMISIBLE, la solicitud.
La Jueza;
Abog. Ana Cecilia Acosta Malavè.
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