DISPOSITIVA
En atención a las consideraciones antes expuestas, ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR DE SECUESTRO de conformidad con lo establecido con los artículos 585, 588 y 599, numeral 7, y 601 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 41 literal "L" del del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, sobre el siguiente bien inmueble: un (01) Local Comercial, identificado con el No. 1B15-1, ubicado en el nivel 1 de la torre B, situado en la calle 26, entre carreras 21 y 22, Barquisimeto, parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, identificado con los siguientes linderos NORTE: Con vacío de la rampa de acceso desde la call.....