Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: Se ANULA la decisión dictada en fecha 30 de julio de 2007, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual declaró IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por la Dra. Carmen Navarro Guerrero, Apoderada Judicial del ciudadano GERMAN PEREA SARMIENTO, carecer de legitimidad para incoarla.
SEGUNDO: REPONE la presente causa al estado de que el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, se pronuncie sobre la admisibilidad o no de la presente acción de amparo constitucional.
TERCERO: ORDENA la remisión al Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial .....