IV.- DISPOSITIVA.-
En merito de las consideraciones precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO, ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: La INCOMPETENCIA, para conocer y tramitar la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO O UNIÓN DE HECHO, por la ciudadana FEBELIDES MARGARITA VÁZQUEZ, venezolana, mayor de edad, Abogada, titular de la cédula de identidad N° V-13.842.821, debidamente asistida por las Abogadas en ejercicio ELIZABETH ROSANA SAYAGO PARRA y NIURLEIDY DEL VALLE MONTILLA BRICEÑO, inscritas en el IPSA bajo los Nros. 199.731 y 253.167, respectivamente, contra el ciudadano CESAR ANÍBAL SUAREZ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.638.118.
SEGUNDO: Se DECLINA LA COMPETENCIA, para conocer de la Acción Mero Declarativa de Concubinato o Unión de Hecho, por an.....